¿Cuál es la fecha de comienzo del IVU,  julio u octubre?

El 1ro de julio de 2015 comienza el aumento del IVU al 11.5%. Este aumento le aplica a toda mercancía, productos y servicios tributables. El 1ro de octubre de 2015 comenzará el cobro del 4% de IVU para los servicios negocio a negocio y servicios profesionales designados.

 

¿Qué servicios aplican para el pago del 11.5%?

Los servicios tributables que aplican son:

  • Cargos bancarios
  • Servicios de cobro de cuentas
  • Servicios de seguridad (excepto condominios)
  • Servicios de limpieza (excepto condominios)
  • Servicios de lavandería
  • Servicios de reparación y mantenimiento
  • Servicios de telecomunicaciones
  • Servicios de recogido de desperdicios (excepto condominios)
  • Arrendamiento ordinario de vehículo de motor

¿Existe una regla para el redondeo en el cálculo del IVU?

Sí. Cuando el resultado del cómputo del IVU resulte ser $.005 o mayor, se redondeará a un centavo adicional. Ejemplo: costo venta $10.99 por 10.5% es igual a $1.153 y $10.99 por 1% es $0.109. El total del IVU para esta compra será $1.26.

 

¿Habrá un periodo libre de IVU para las compras de regreso a clases?

Sí. Este año será el 17 y 18 de julio del 2015.

 

¿Cuáles son los servicios que pagarán el 4%?

Servicios negocio a negocio

Servicios profesionales designados:

  • Algunos servicios legales
  • Agrónomos
  • Contadores Públicos Autorizados
  • Corredores, vendedores y empresas de bienes raíces
  • Servicios rendidos por especialistas en planillas, declaraciones o reclamaciones de reintegro
  • Ingenieros y Agrimensores
  • Arquitectos
  • Geólogos