¿Cuál es la fecha de comienzo del IVU, julio u octubre?
El 1ro de julio de 2015 comienza el aumento del IVU al 11.5%. Este aumento le aplica a toda mercancía, productos y servicios tributables. El 1ro de octubre de 2015 comenzará el cobro del 4% de IVU para los servicios negocio a negocio y servicios profesionales designados.
¿Qué servicios aplican para el pago del 11.5%?
Los servicios tributables que aplican son:
- Cargos bancarios
- Servicios de cobro de cuentas
- Servicios de seguridad (excepto condominios)
- Servicios de limpieza (excepto condominios)
- Servicios de lavandería
- Servicios de reparación y mantenimiento
- Servicios de telecomunicaciones
- Servicios de recogido de desperdicios (excepto condominios)
- Arrendamiento ordinario de vehículo de motor
¿Existe una regla para el redondeo en el cálculo del IVU?
Sí. Cuando el resultado del cómputo del IVU resulte ser $.005 o mayor, se redondeará a un centavo adicional. Ejemplo: costo venta $10.99 por 10.5% es igual a $1.153 y $10.99 por 1% es $0.109. El total del IVU para esta compra será $1.26.
¿Habrá un periodo libre de IVU para las compras de regreso a clases?
Sí. Este año será el 17 y 18 de julio del 2015.
¿Cuáles son los servicios que pagarán el 4%?
Servicios negocio a negocio
Servicios profesionales designados:
- Algunos servicios legales
- Agrónomos
- Contadores Públicos Autorizados
- Corredores, vendedores y empresas de bienes raíces
- Servicios rendidos por especialistas en planillas, declaraciones o reclamaciones de reintegro
- Ingenieros y Agrimensores
- Arquitectos
- Geólogos